Cámaras deportivas, 200€ y 3 puntos.


@ndres

Well-Known Member
Pues creo que el título es bastante explícito jeje.

Desde hace unas semanas estoy trasteando con una vieja cámara deportiva que tenía por ahí guardada, el otro día se me ocurrió poner un pequeño vídeo de prueba en un grupo de whatsapp y poco faltó para que llamaran a la Guardia Civil. Y buscando por ahí sí que veo que es cierto que se han puesto bastantes multas por llevar cámaras adosadas al casco (200€ y 3 puntos del carnet). Por dos motivos que no están muy claros:

1. Por no usar el casco "homologado correctamente", es decir porque con la instalación de la cámara se supone que el casco pierde la homologación de seguridad porque el fabricante del casco no hizo las pruebas de seguridad con una cámara. No se si me explico.

2. Por grabar en la vía pública porque según la ley de protección de datos la gente a la que grabas no ha dado su consentimiento.

A mi me parece todo esto tan pillado con pinzas que no se que hacer, si seguir grabando algunos vídeos para uso personal/familiar (no es que me vaya a hacer yo ahora youtuber ni nada de eso jejeje) o directamente desechar la idea.

Por un lado entiendo que poner una cámara en el casco se puede comprometer la seguridad por posibles enganchones o porque los soportes penetren en el casco en un golpe fuerte (aunque yo creo que eso ya sería mala suerte de verdad porque lo normal es que parta todo antes). Pero que el Guardia Civil de turno sea competente para decidir sobre la posible anulación de la homologación del casco ya me cuesta más verlo. Eso tendrá que venir explícito en algún reglamento, que no es el caso.

Y lo del la protección de datos puessss, entonces el que graba sus vacaciones con la videocámara también tendría que ser sancionado, digo yo. A no ser que uses esas imágenes con fines lucrativos y se vea comprometida algún tipo de asociación de identidad con una matrícula de coche, documentos personales, o algún comportamiento delictivo... No se hasta que punto se puede sancionar por eso.

Seguramente gente como @Majes hayan investigado un poco sobre el tema, a ver si me podéis dar vuestra opinión. Gracias salaos.
 

deiotarus

Well-Known Member
Hombre, hasta donde yo sé, habría que diferenciar si se graba en una carretera/ciudad en la que aparezcan matrículas de motos/vehículos y caras de la gente, así aleatoriamente, en este caso, sí podrías estar infringiendo la normativa de protección de datos, ya que estás grabando datos con los que se pueden identificar a personas. Ahora bien, grabar en un camino, en una pista, en un espacio natural en el que no aparezcan datos identificativos de personas, no debería ser problemático ¡¡¡o eso creo, porque tal y como está el tema, lo misma afecta a la fauna!!!

Otro tema con el que se están metiendo mucho es con los drones. Ahora casi todo kiski que graba en youtube suele tener su dron "reglamentario" para hacer tomas chulas y tal, al menos, si quiere tener éxito y likes, y tampoco se puede volar donde uno quiera por lo expuesto antes, y en el caso de los espacios naturales, porque espanta a las aves y otra fauna autóctona.

Luego está el tema del uso y finalidad del vídeo, evidentemente, no es lo mismo grabar para uno mismo, uso privado, que hacerlo para subirlo a youtube o tiktok y hacerlo público, donde todo está más restringido por el tema de la protección de datos.

Moraleja, si quieres grabar un vídeo con tu moto a más de 200, no se te ocurra subirlo a youtube para enseñar a los demás lo que corre tu moto, porque es estar haciendo público, casi, CASI la comisión de un delito, mejor reservarlo para uno mismo. O si quieres grabarte unas buenas tumbadas a buena velocidad, le pones una pegatina en el velocímetro para que no se vea la velocidad. El tema es que no te puedan pillar por ello, aunque bueno, el buen consejo sería no exponerse a esas velocidades salvo, SALVO en en un escenario muy controlado.
 

falcon.

Well-Known Member
el motivo es recaudar, el primer punto si cae por los criterios que ellos comentan, no te queda otra que pasar por caja. asi que buscaria el tan homologado sitio donde se pueda poner.

respecto a lo segundo no se de nadie que tuviera problemas por hacerlo (incluyendo ciclistas). solo se me ocurre el tipico repugnante que ponga denuncia por tocar las narices. ahora que leo a deiotarus, donde si habria problema es luego si lo subes a los internetes, si veo que la mayoria de personas son cuidadosas con dicho tema y censuran numeros de placas/caras y tal.
 

Fireball

Well-Known Member
Por lo tanto volvemos al mar de conjeturas del que partíamos. La ley es ambigua e interpretable en muchos casos, y la sanción puede depender tan solo de la autoridad que la interprete. Con los intercoms y las cámaras de acción estamos ahí.

En la mayoría de los casos estamos muy seguros o casi convencidos que sabemos la legalidad o no, pero todavía no me he encontrado a nadie que me plantee la ley específica que avala ese argumento o se haya inmerso realmente en la legislación para comprobar que no haya leyes que se contradigan, y que haya contemplado "todas" las interpretaciones posibles. En realidad me encantaría dar con alguien así.

Algún youtuber sí se ha dado un baño de leyes (o se lo ha pedido a un amiguete) llegando a la misma conclusión de ambigüedad e interpretabilidad o directamente la ley dejando claro el no.
 

MontiBru

Well-Known Member
Correcto, la ley es ambigua y algunos policias te multan.
Así mismo debo decir que no me parece bien los que van en moto grabando y hablando, creo que la conducción requiere la máxima concentración y estar narrando la situación te quita concentración.
Que lleves una camara ubicada por temas de seguridad, me parece bien, pero debemos entender que la LOPD nos prohibe mostrar los videos en publico, si salen otras personas, matriculas, etc.... hay que pixelar.
 

gurruvip

Well-Known Member
Lo prohibido es la publicación de las imágenes. Y si alguna persona es identificado en el mismo y ejerce la oportuna denuncia.
La cámara se puede llevar con un arnés en la chaqueta. En el casco no. Por lo dicho ya.
Todas las leyes y normas son interpretables. De otra forma no haría falta un juzgado, sin ir más lejos.
 

@ndres

Well-Known Member
Lo prohibido es la publicación de las imágenes. Y si alguna persona es identificado en el mismo y ejerce la oportuna denuncia.
Pero es que esto no lo llego a entender, es legal grabar por la calle, de hecho hay mucha gente que graba sus vacaciones con una cámara de vídeo, hay gente que tiene dash cam instaladas en los coches, con los propios móviles cuando hay una fiesta/concierto, hasta la televisión cuando hacen algún reportaje o noticia... Y evidentemente sale gente, pero en ningún caso está asociado a una identidad concreta. Nadie te puede denunciar porque aparece en una grabación en la calle.

Otra cosa es que saques a una persona asociada a una matrícula de coche o digas la identidad de esa persona y se produzca "asociación de datos" que es lo que dice la LPD. No se, yo no lo veo tan claro ese tema.

Y en cuanto a la supuesta pérdida de homologación de casco evidentemente que es interpretable todo, pero para interpretar una legislación... debe existir legislación, y no la hay, ahora lo que están multando es por no usar correctamente el casco homologado, y no creo que sea así, si el casco está homologado y lo llevas abrochado, es lo que pone en el código de circulación, fin de la interpretación, si quieren multar por instalar algo en el casco tendrán que hacer una ley que diga que no se puede instalar nada en los cascos o la manera de hacerlo "homologado"

En fin, el problema efectivamente es la interpretación de la norma, como cuando salías en el confinamiento a dar un paseo a 100 metros de tu casa a tirar la basura y según el policía de turno te multaba o no porque te habías ido demasiado lejos... Todo esto crea inseguridad jurídica.

Yo creo que voy a seguir usándola, a ser posible con discreción, en carreteras secundarias o rinconcitos que yo quiera tener grabados o compartirlos con mi círculo cercano, no creo que esto sea lo peor que se ve en las carreteras.
 

LeDrof

Well-Known Member
De la LPD, léete el ámbito de aplicación, y se aclararán tus dudas. Sobre la homologación de accesorios en el casco... és complicado. Pero si en la denuncia pone algo relacionado con que es un peligro para la seguridad, es recurrible. Yo sólo veo recorrido a esa sanción si es desde el punto de vista administrativo (homoilogación, puro papeleo), y aún así deben basarse en algo concreto y evidente.
 

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