De todas maneras, ya lo he buscado mejor :
En su artículo 85, el Reglamento General de Circulación resume cómo deben ser las maniobras en el caso de los adelantamientos y establece que “cuando el adelantamiento se efectúe a cualquier otro vehículo distinto de los aludidos en el párrafo anterior, o tenga lugar en poblado, el conductor del vehículo que ha de adelantar dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad y a la anchura y características de la calzada”.
De aquí se desprende que “con los coches parados” la distancia de seguridad puede ser muy pequeña, casi mínima, porque no habrá riesgo. No obstante, en cuanto los coches empiecen la marcha o haya el mínimo movimiento no se podría hacer.
No se puede zigzaguear entre coches
No se puede zigzaguear alegremente entre los coches, especialmente si al hacerlo se pone en riesgo la circulación y al resto de vehículos. Lo que ocurre en estos casos es que a velocidades reducidas y en entornos de congestión o de tráfico dentro, la mayoría de policías suelen ser permisivos. Sin embargo, la normativa deja claro que las motos deben seguir las reglas generales y dejar espacio adecuado (1,5 metros) en los adelantamientos.
Tampoco se puede circular por el arcén
Otra de las fórmulas que utilizan frecuentemente los motoristas para evitar atascos o de adelantar es circular por el arcén. ¿Es legal? Claramente NO. El arcén está reservado para determinado tipo de vehículos y las motos no son uno de ellos, así que por norma no podrás usar el arcén para adelantar. El reglamento prevé dos excepciones a la regla. La primera es cuando exista alguna avería en la moto y debas pilotar a velocidad reducida, en cuyo caso tendrás además que circular con las luces de emergencia. También podrás usar el arcén cuando se habilita un carril adicional.